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Subvenciones para el autoconsumo en la Comunidad de Madrid


Kando
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La Comunidad de Madrid se suma a las ayudas para implantar el autoconsumo energético entre sus ciudadanos. El pasado 17 de diciembre aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones, para la concesión directa de ayudas dirigidas a la promoción del autoconsumo energético renovables y sostenible durante los próximos años.

Los beneficiarios de estas ayudas son empresas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios, comunidades de bienes de dos o más vecinos, ayuntamientos y sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles locales que dependan de las mismas.

Se destinarán 3 millones de euros para el 2021, y se espera que para los ejercicios 2022 y 2023, se cuenta con 10 millones para cada año. En cualquier caso, la cuantía a recibir se calculará en base a los porcentajes que han publicado:

-Solar fotovoltaica 25%

-Solar fotovoltaica doble cara 30%

-Solar térmica 35%

-Geotérmica 30%

-Redes de autoconsumo compartido 35%

-Minieólica 25%

Hay que destacar que, si se trata de proyectos realizados en zonas rurales, los porcentajes se incrementarán en 10 puntos porcentuales; si son proyectos realizados por administraciones públicas locales, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo o consumidores que cuenten con el bono social eléctrico o térmico, también se sumarán 10 puntos. Asimismo, también sumarán 10 puntos las instalaciones que cuenten con sistemas de almacenamiento de energía.

En cuanto a el importe máximo de cada ayuda, queda repartido en dos secciones:

-Para proyectos desarrollados por empresas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios y comunidades de bienes de dos o más vecinos, el importe será de 1m€/proyecto y 1m€/beneficiario y año natural.

-Para proyectos desarrollados por Ayuntamientos y sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles locales dependientes de estas, por fundaciones, entidades sin ánimo de lucro y centros especiales de empleo: 1,5m€/proyecto y 1,5m€/ beneficiario y año natural.

Finalmente, estas son todas las actuaciones que pueden optar a la subvención:

-Solar fotovoltaica. Instalaciones que estén conectadas dentro de una red acogida a cualquier de las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica del Real Decreto 244/2019.

-Solar térmica de baja y media temperatura. En baja temperatura entran los sistemas de aprovechamiento de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar con captadores con un coeficiente global de pérdidas sea inferior a 9W/m2 ºC.

-Aprovechamiento de energía geotérmica. Aquellos sistemas de calor y/o frío existente en el suelo empleados en el sector doméstico, industrial o de servicios mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos. Se incluyen los sistemas de aprovechamiento de energía térmica para redes de distrito como los sistemas de aprovechamiento de la energía térmica para la climatización, usando bombas de calor que intercambien el terreno, ya se trate de circuito abierto o cerrado, y tanto para instalaciones existentes que se reformen como para instalaciones nuevas.

-Minieólica. Instalaciones cuya potencia nominal instalada sea menor o igual a 5kW.

-Redes de autoconsumo compartido.

-Instalaciones mixtas de dos o más de los tipos anteriores.

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